El impuesto de renta es aquel que las personas naturales pagan al estado, bien sean independientes o empleados según sus salarios, ganancias, comisiones y otros ingresos generados en el año anterior. Toda esta información se presenta a la DIAN
No deben declarar renta las personas que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA) y que ingresos brutos provengan por lo menos en un 80 % de pagos originados en una relación laboral.
Las siguientes son las condiciones de quienes deben declarar renta:
- Patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a $163.386.000
- Ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $50.831.000
- Consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $50.831.000
- Valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $50.831.000
- Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $50.831.000
Fechas en las que se debe declarar:
Los grandes contribuyentes debieron pagar la primera cuota entre al 8 y 21 de febrero de 2022, la presentación de declaración y pago de la segunda cuota deben pagarla entre el 7 y el 22 de abril de 2022 y la tercera cuota entre el 7 y el 21 de junio de 2022.
Las personas jurídicas tienen plazo de pagar la primera cuota hasta el 29 de abril. También a partir de este 7 de abril, quienes tengan NIT terminado en 01-05 y así de manera consecutiva en los días siguientes.
Las personas naturales cuyos dos últimos dígitos del NIT empiecen por 01-02 hasta 31-32 pueden hacerlo entre el 9 y el 31 de agosto de este año. Quienes terminen entre 33-34 hasta 75-76 y también sean personas naturales pueden hacerlo entre el primero y el 30 de septiembre.
Vea a continuación el calendario tributario completo 2022: